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Redacción
24/05/2022 - 17:01 HS
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló que, en casos de violación, todos los hospitales públicos deben garantizar el acceso al aborto a menores de edad de 12 a 17 años, aún si no interpusieron una denuncia penal o no cuentan con el permiso de sus padres.
Con una mayoría de nueve votos, las ministras y ministros de la Corte desecharon dos controversias constitucionales interpuestas por los congresos de Aguascalientes y Baja California, que argumentaban que las modificaciones a las normas en materia de salud se realizaron sin respetar sus competencias locales.
Estos argumentos fueron considerados como infundados y se desecharon durante la sesión de este martes de la Corte, en la que avaló la Norma Oficial Mexicana 046 (NOM-046) que instituye la obligatoriedad a los hospitales públicos de provocar un aborto en los casos mencionados.
Loreta Ortiz fue una de las ministras que votaron a favor del proyecto, al considerar que la modificación de la Norma cumplió con los mandatos constitucionales, pero que además tiene como objetivo último proteger los derechos de las mujeres.
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