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Redacción
30/11/-0001 - 0:00 HS
Con 14 votos a favor, 5 en contra y 4 abstenciones, el Congreso de Colima despenalizó el aborto voluntario en la entidad durante las primeras 12 semanas de gestación y eliminó el plazo de 3 meses para interrumpir embarazos que sean resultado de una violación o de inseminación artificial no consentida.
Con esto, se convierte en la sexta entidad federativa en legislar sobre la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), después de la Ciudad de México (2007), Oaxaca (2019), Veracruz (2021), Hidalgo (2021) y, más recientemente, Baja California (2021).
La iniciativa, presentada por las comisiones de Estudios Legislativos, Puntos Constitucionales, Salud y Deporte y de Bienestar, Inclusión Social y Equidad de Género, también elimina las sanciones al personal de salud que practique abortos consentidos en dicho periodo y refrenda la no criminalización a mujeres o personas gestantes que corran peligro de muerte o afectación grave a la salud o bien, por alteraciones graves del producto.
Además, esta aprobación se distingue por agregar dos circunstancias, novedosas en el país, en las que se establece la legalidad del aborto: 1. Cuando una autoridad hubiese negado el aborto a una mujer previo a las 12 semanas de gestación y 2. cuando el personal de salud hubiese omitido informarle sobre su derecho a la interrupción del embarazo en ese plazo.
En tanto, el delito de aborto forzado será penado con mayor dureza: tras la reforma las sanciones podrán ir de 3 a 15 años de prisión y multa, mientras que en el Código Penal anterior iban de 5 a 10 años y multa.
El dictamen también modifica distintas fracciones de la Ley de Salud del Estado de Colima para integrar un capítulo referente a la Interrupción Legal del Embarazo (ILE); contemplar la atención a la salud sexual, reproductiva y de planificación como prioritaria y garantizar la interrupción del embarazo ante la objeción de conciencia de personal médico.
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